Escribe el nombre del trámite que quieres realizar y te ofrecemos la opción que más se ajuste a tu necesidad.
Este servicio se enmarca en el artículo Nº 2521 del Código Civil de acciones que prescriben el plazo de tres años.
Se realiza de forma presencial.
Está dirigido a quienes requieran la obtención de certificado de deuda. En el caso de Prescripción (luego de transcurridos 3 años desde la anotación de la multa no pagada).
Se realiza de forma presencial en Marchant Pereira N° 880.
El horario de atención es de lunes a jueves de 8:30 a 13:45 horas y 15:00 a 16:30 horas. Viernes de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 16:00 horas.
Requisitos:
Documentos necesarios:
El tiempo estimado de realización del trámites es de 20 minutos.
El valor es de 0.10 UTM.